La entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio trae como consecuencia algunas variaciones del IVA de las actividades de enseñanza. El decreto produce cambios en diversas actividades que pasan del 8 al 21%
Las exenciones relacionadas con la formación están recogidas en el art. 20 de la Ley IVA 37/1992 . Estas exenciones no han cambiado. Las clases prestadas sobre materias incluidas en los planes de estudios de cualquiera de los niveles y grados del sistema educativo no devengarán VA.
La exención no está sujeta a que el ejerciente sea un tipo determinado de entidad ni a su encuadre como empresarial o profesional. Tampoco se precisa que tenga reconocida autorización alguna por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma donde está establecida. Estarán exentas de IVA (siempre y cuando dichas actividades no revistan un carácter meramente recreativo): las clases extraescolares, actividades como los idiomas, baile, teatro, cocina, historia, ciencia, y geografía, entre otras.
Los servicios prestados en relación con la práctica del deporte o la educación física, estarán exentos siempre y cuando sean prestados por las siguientes personas o entidades: entidades de derecho público, federaciones deportivas, Comité Olímpico Español, Comité Paralímpico Español, entidades o establecimientos deportivos privados de carácter social. La exención no se extiende a los espectáculos deportivos.
Si no se cumple la condición de que el prestador sea una de las entidades anteriormente mencionadas, dichos servicios han de considerarse sujetos y no exentos del Impuesto, tributando al tipo general del 21%. Anteriormente tributaban al tipo reducido del 8%.
La enseñanza deportiva tan solo estará exenta en el supuesto de que quien realice la actividad sea una entidad o establecimiento de carácter social, circunstancia que no concurre en las personas físicas o entidades mercantiles. Tributarán al 21% los servicios de enseñanza de artes marciales, aerobic, baile deportivo, gimnasia de mantenimiento, por mencionar algunos.
Miguel Ángel Arias
Entonces actividades extraescolares con experimentos científicos no llevaran el iva, se facture al centro docente o a cada uno de los padres no??
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