Esta
subvencion para 2011 ha sido promovida por el Departamento de Ciencia,
Tecnología y Universidad del Gobierno de Aragón en colaboracion con el
Ministerio de Ciencia e Innovación.
En el marco de la Estrategia de Innovación en
Aragón se establecen las siguientes líneas de
subvención:
a) Ayudas para el desarrollo de proyectos de
investigación, desarrollo e innovación.
b) Ayudas a la movilidad de personas para la
innovación.
c) Ayudas al establecimiento y certificación de sistemas
de innovación.
d) Ayudas a la creación y funcionamiento de clusters o
asociaciones empresariales.
e) Ayudas a la realización de proyectos de
innovación colectiva de un cluster o asociación
empresarial y de interclusters o interasociaciones
empresariales.
f) Ayudas para inversiones a la innovación.
Podran
ser beneficiarios aquellos que concurran los requisitos establecidos en
las lineas de ayuda dispuestas en el mismo decreto y que no se
encuentren incursas en alguna de
las causas de prohibición previstas en la normativa
aplicable en materia de subvenciones ni quienes no se hallen al
corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con
la de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Aragón, y frente a la Seguridad Social.
Las solicitudes de ayuda se evaluarán y
seleccionarán atendiendo a los siguientes criterios de
valoración:
a) La calidad científica, la novedad y el interés
del proyecto propuesto.
b) La capacidad técnica del investigador principal del
proyecto y del resto del equipo para la realización de las
actividades programadas.
c) La capacidad innovadora y la trayectoria en I+D+ i de las
empresas participantes.
d) La capacidad para difundir el conocimiento tecnológico
a otras empresas y sectores.
e) La incorporación de personal para el desarrollo del
proyecto.
f) La contribución de capital privado en valor
absoluto.
g) Las contribuciones científico-técnicas que
previsiblemente pudieran derivarse del proyecto.
h) El plan de explotación del producto o servicio
resultante del proyecto.
Puede consultarse para una mayor información el BOA (Real Decreto 77/2011)
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