Este certificado solo pueden solicitarlo, como indicamos en
artículos anteriores los administradores o representantes legales de una
sociedad o los representantes voluntarios que aporten, además de la
documentación que especificaremos a continuación, un poder notarial
expreso a efectos de la solicitud. El
representante deberá comparecer personalmente en la sede de la administración o
mediante la firma certificada notarialmente.
La documentación a presentar se divide en dos partes:
·
Documentación relativa a la sociedad:
1. En
el caso de sociedades mercantiles personas jurídicas cuya inscripción sea
obligatoria en el Registro Mercantil se debe presentar un certificado del
Registro Mercantil una nota simple expedida por este con todas las hojas
selladas con los datos de constitución y personalidad jurídica.
2. En
el caso de asociaciones, fundaciones o cooperativas que no deban inscribirse en
el Registro Mercantil debe presentarse un certificado del Registro Publico en
el que conste su inscripción en este.
3. Para
sociedades civiles y demás personas jurídicas es necesario un documento público
que acredite su constitución de forma fehaciente.
·
Documentación relativa al representante:
1. Si
el representante es administrador o representante legal de la sociedad hay que
presentar un certificado o una nota simple con todas las hojas selladas del
Registro Mercantil expedido como máximo diez días antes de la presentación de
la solicitud relativo al nombramiento y vigencia del cargo.
2. Si
se trata de un representante voluntario habrá que presentar, además del
certificado anterior, un poder notarial en el que se incluya una clausula
específica para la representación a la hora de tramitar la solicitud.
El solicitante deber personarse en la administración de la
Agencia Tributaria y acreditarse, bien mediante su DNI o bien mediante la firma
en la solicitud legitimada notarialmente.
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