Otra novedad fiscal de la Ley 7/2012 es la introducción de nuevos casos de inversión de sujeto pasivo. En principio, la inversión se asocia principalmente a las operaciones intracomunitarias, en las cuales no es el emisor de la factura quién repercute y liquida el IVA, sino que se traslada esa obligación al destinatario. El receptor de la factura se autorrepercute el impuesto como si lo hubiera cobrado, pero no lo ingresa, porque ese IVA es a la vez deducido como gasto.
