lunes, 9 de agosto de 1999
Asesoría Fiscal y Mercantil
Los profesionales que conformamos el equipo de Arias y Asociados ofrecemos a nuestros clientes una asesoría fiscal de gran valor añadido que supone la posibilidad de acceder a las ventajas fiscales que ofrece el sistema tributario español.
Abarcamos una amplia gama de servicios en cuestiones referidas al la asesoría fiscal empresarial, tanto en lo relativo a cuestiones recurrentes o asesoramiento puntual continuado (Impuesto sobre Sociedades e imposición indirecta), como en el análisis e incidencia de las cuestiones tributarias en las operaciones de reestructuración societaria y en procesos de M&A (due diligence, régimen de fusiones de empresas, etc.).
Su experiencia profesional también está reconocida en procesos de reestructuración de patrimonios personales y empresariales en la optimización y adaptación de estructuras societarias al régimen de la empresa familiar y en planificación sucesoria.Prestamos asesoría financiera en la constitución de todo tipo de formas societarias, adaptándolas a las necesidades del negocio de nuestros clientes, tanto a nivel nacional como internacional.
Asesoramos en el seguimiento de todas las obligaciones que las sociedades han de cumplimentar, así como en la preparación de juntas de socios y reuniones del Consejo de Administración.
Trabajamos todo tipo de contratación mercantil, ya sean contratos de licencia, royalties o cesiones de uso, como los relativos a la comercialización de productos a través de contratos de agencia y distribución de toda clase. También establecemos redes de franquicias, joint ventures, o colaboración empresarial en general.
Asesoramos de la misma forma en el campo de las fusiones, absorciones, escisiones, divisiones y compraventa de empresas, ofreciendo servicios de valoración.
Ofrecemos nuestra experiencia en las crisis empresariales, facilitando la disolución y liquidación de empresas, a través de acuerdos entre los socios, con acreedores, etc., bien sea de forma negociada, o a través de procedimientos contenciosos ante la jurisdicción competente.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario