jueves, 5 de enero de 2012

Articulo - Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:


Se modifica la deducción fiscal por inversión en vivienda habitual eliminándose el límite de base imponible que existía para adquisiciones de vivienda habitual adquiridas a partir del 1 de enero de 2011. También se elimina dicho tope para las cantidades invertidas en adecuación de vivienda habitual para discapacitados.
Con efectos 1 de enero de 2012 se introduce un recargo adicional en los tipos de gravamen aplicables para el cálculo de las cuotas del impuesto. Este recargo va desde el 0,75 al 7% en función de la base liquidable.
Con efectos 1 de enero de 2012 se elevan los porcentajes de Retención del 19 al 21% y la del 35 al 42%.


Se mantiene en 2012 la reducción del rendimiento neto de las Actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo.
Impuesto sobre Sociedades:
Se recoge la forma de determinar los pagos fraccionados del
Impuesto.
Se eleva desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013 el porcentaje de retención del 19 al 21 por ciento.
Se establecen las actividades y programas prioritarios de mecenazgo incorporándose las donaciones y aportaciones vinculadas a la ejecución de los proyectos incluidos en el Plan Director de Recuperación del Patrimonio Cultural de Lorca.
Mantenimiento del incremento del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades para grandes empresas.
Se mantiene el tipo de gravamen reducido en el Impuesto sobre sociedades por mantenimiento o creación de empleo.
El Impuesto sobre la Renta de no Residentes se modifica para 2012 y 2013 elevándose el tipo general del 24% hasta el 24,75% y los tipos de gravamen existentes al 19% hasta el 21%.
Para los pagos a cuenta la deducción por inversión en vivienda la cuantía determinante será de 33.007,20 euros.
En relación al Impuesto sobre el Valor Añadido, se establece el IVA reducido del 4%, para la adquisición de primera vivienda a partir de 2012.
En tributos locales, para 2012 y 2013 en los inmuebles urbanos se produce un incremento del tipo impositivo del I.B.I que tiene en consideración el año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia total de valores del municipio.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2011.
Deducción por inversión en vivienda habitual.
Con efectos desde 1 de enero de 2011 se modifica la deducción por inversión en vivienda habitual eliminándose el tope de base imponible incorporado por los Presupuestos Generales del Estado para 2011 para adquisiciones realizadas a partir de ese año.
La base máxima de deducción se mantiene en 9.040 euros anuales y el porcentaje de deducción se mantiene en el 7,5% para la parte estatal de la deducción.
También se elimina el tope de base imponible en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual quedando la base máxima de esta deducción en 12.080 euros anuales.
El porcentaje de deducción se mantiene en el 10% para la parte estatal de la deducción.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2012.
Reducción del rendimiento de actividades por mantenimiento o creación de empleo.
Se mantiene para 2012 la reducción del 20% del rendimiento neto positivo en aquellas actividades económicas que mantengan o creen empleo con las mismas condiciones establecidas hasta la fecha.
Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal para los ejercicios 2012 y 2013.
En los períodos impositivos 2012 y 2013, la cuota íntegra estatal se incrementa en los siguientes importes:
a) El resultante de aplicar a la base liquidable general los tipos de la siguiente escala:
La cuantía resultante se minorará en el importe derivado de aplicar a la parte
de la base liquidable general correspondiente al mínimo personal y familiar la
escala acumulada.
b) El resultante de aplicar a la base liquidable del ahorro, en la parte que
no corresponda, en su caso, con el mínimo personal y familiar sobrante
de la parte general, los tipos de la siguiente escala:
Pago fraccionado del Impuesto de Sociedades
Se mantiene el cálculo para los pagos fraccionados incluyendo la lo dispuesto
en el artículo 9.Primero.Uno del Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto, de
medidas para la mejora de la calidad y cohesión del sistema nacional de
salud, de contribución a la consolidación fiscal, y de elevación del importe
máximo de los avales del Estado para 2011.
Actividades de mecenazgo
Se establece la relación de actividades prioritarias de mecenazgo para la
aplicación de la deducción correspondiente según el artículo 22 de la ley
49/2002.
Se elevan en 5 puntos los porcentajes y los límites de las deducciones
establecidas en los artículos 19, 20 y 21 de la Ley 49/2002.
Gastos de formación
Se prorroga su vigencia durante los años 2011 y 2012 para los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.
Porcentajes de retención o ingreso a cuenta
Desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta del 19 por ciento a que se refiere la letra
a) del apartado 6 del artículo 140 de esta Ley se eleva al 21 por 100.
Tipo de gravamen reducido en IS
Se prórroga, para el ejercicio 2012, el tipo de gravamen reducido en el Impuesto sobre Sociedades por mantenimiento o creación de empleo aplicable por las microempresas.

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