lunes, 27 de abril de 2015

Los tipos del Impuesto sobre Sociedades


A diferencia de lo que ocurre con el impuesto sobre la renta y su tabla de IRPF, los tipos del Impuesto de Sociedades son más rígidos y menos progresivos. La ley prevé diferentes tasas en función del tipo de empresa  la progresividad, si es que puede llamarse así, llega de la mano de las deducciones que puede después aplicar cada una.

La reforma fiscal va a suponer un enorme cambio en los tipos de Impuesto de Sociedades, pero hasta que entre en vigor, estos son los que se aplicarán para el IS 2013 y el IS 2014, al que haremos frente en 2015.
  • Tipo general del 30%. Es el que se aplica por defecto a todas las empresas que no puedan encuadrarse en ningún otro grupo.
  • Tipo reducido del 25% para pymes. Las pequeñas y medianas empresas disfrutan de ventajas fiscales, empezando por un tipo reducido. Las pymes de tipo I podrán aplicar este beneficio a los primeros 300.00 euros de su base imponible, teniendo que tributar el resto al 30% general.
  • Tipo reducido para microempresas. Las empresas de reducida dimensión de tipo II también disfrutarán de estas ventajas para la base imponible que exceda de 300.000 euros. En este caso, deberán acreditar una facturación inferior a los cinco millones de euros y una plantilla no superior a las 25 personas, que deberá contar con al menos un trabajador y haber mantenido o incrementado el número de empleados.
  • Tipo reducido del 20% para microempresas que hayan mantenido o incrementado plantilla. Este tipo se aplicará sólo a los primeros 300.000 euros de su base imponible siempre que, como se explica, hayan creado empleo o, por lo menos, no lo hayan destruido.
  • Tipo reducido del 20% para cooperativas. Este es el tipo al que tributarán por defecto este tipo de sociedades.
  • Tipos reducidos del 20% y del 15% para emprendedores. Durante sus dos primeros años de actividad, las sociedades creadas a partir del 1 de enero de 2013 podrán aplicar estos tipos. El 15% se aplicará sobre los primeros 300.00 euros y el 20% sobre el exceso.
  • Tipo del 10% para asociaciones y fundaciones. Sólo las fundaciones y asociaciones que estén consideradas de utilidad pública podrán beneficiarse de este tipo.
  • Tipo del 1% para sociedades de inversión. Las Sicav disfrutarán de un tipo reducido del 1% para los beneficios que generen.

Los cambios de la reforma fiscal

La reforma fiscal, que entrará en vigor en 2015, supone un importante vuelco a los tipos de impuesto de sociedades. De forma muy resumida, se bajarán los tipos progresivamente para que aumente el nominal al que se tributa reduciendo varias de las deducciones a las que tenían acceso las empresas, especialmente las más grandes.
Éste es el nuevo panorama de tipos en el Impuesto de Sociedades que veremos a partir de 2015:

  • Tipo General: pasará primero al 28% en 2015 para quedar fijado en el definitivo 25% en el 2016. Este será también el tipo que se aplique sobre las pyme, si bien éstas mantendrán el beneficio de tributar al 25% sobre los primeros 300.000 euros de base imponible en 2015.
  • Tipo reducido del 15% para empresas de nueva creación. Las empresas de nueva creación tributarán al 15% por los primeros 300.000 euros de beneficios y al 20% sobre el resto, como venían haciendo desde 2013.
Información tomada de Financial Red

Comunicación Arias y Asociados

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