lunes, 14 de marzo de 2011

Documentación necesaria para la solicitud de firma electrónica

Documentación necesaria para la solicitud de firma electrónica



La inclusión del sistema de notificaciones electrónicas por parte de la Agencia Tributaria hace necesario que las personas jurídicas obtengan cuanto antes un certificado de firma electrónica que requiere la aportación de una documentación especifica.
Este certificado solo pueden solicitarlo, como indicamos en artículos anteriores los administradores o representantes legales de una sociedad o los representantes voluntarios que aporten, además de la documentación que especificaremos a continuación, un poder notarial expreso  a efectos de la solicitud. El representante deberá comparecer personalmente en la sede de la administración o mediante la firma certificada notarialmente.


La documentación a presentar se divide en dos partes:
·         Documentación relativa a la sociedad:
1.       En el caso de sociedades mercantiles personas jurídicas cuya inscripción sea obligatoria en el Registro Mercantil se debe presentar un certificado del Registro Mercantil una nota simple expedida por este con todas las hojas selladas con los datos de constitución y personalidad jurídica.
2.       En el caso de asociaciones, fundaciones o cooperativas que no deban inscribirse en el Registro Mercantil debe presentarse un certificado del Registro Publico en el que conste su inscripción en este.
3.       Para sociedades civiles y demás personas jurídicas es necesario un documento público que acredite su constitución de forma fehaciente.
                                                           
·         Documentación relativa al representante:
1.       Si el representante es administrador o representante legal de la sociedad hay que presentar un certificado o una nota simple con todas las hojas selladas del Registro Mercantil expedido como máximo diez días antes de la presentación de la solicitud relativo al nombramiento y vigencia del cargo.
2.       Si se trata de un representante voluntario habrá que presentar, además del certificado anterior, un poder notarial en el que se incluya una clausula específica para la representación a la hora de tramitar la solicitud.
El solicitante deber personarse en la administración de la Agencia Tributaria y acreditarse, bien mediante su DNI o bien mediante la firma en la solicitud legitimada notarialmente.
 

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